Buscar:
 Normativa >> Ley 3859 >> Fecha 07/04/1967 >> Articulo 33
Internet
Año:
Buscar en:





Opciones:
Guardar
Imprimir


<<     Artículo 33     >>
Normativa - Ley 3859 - Articulo 33
Ir al final de los resultados
Artículo 33
Versión del artículo: 1  de 1
33

Artículo 33.- Copia de los planes y presupuestos deben ponerse también en conocimiento de la Municipalidad del respectivo cantón, la cual tendrá un plazo de quince días para formular observaciones ante la Dirección Nacional de Desarrollo de la Comunidad, para los fines del artículo anterior.

Ir al inicio de los resultados