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 Normativa >> Ley 8023 >> Fecha 27/09/2000 >> Articulo 3
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Normativa - Ley 8023 - Articulo 3
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Artículo 3
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CAPÍTULO II

Régimen de Organización

 Artículo 3.- Para ejecutar el Plan de ordenamiento y manejo de la cuenca del río Reventazón, se crean los siguientes órganos, se definen sus responsabilidades y se establecen las disposiciones que orientan su conducción:

a) Junta Directiva de la Comcure.

b) Consejo de la cuenca.

c) Gerencia de la cuenca.

(Así reformado por el artículo 4° de la ley N° 9067 del 10 de setiembre del 2012)

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