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 Normativa >> Ley 7670 >> Fecha 17/04/1997 >> Articulo 2
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Normativa - Ley 7670 - Articulo 2
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Artículo 2
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ARTICULO II

Propósitos

Los propósitos de la presente Convención son:

1.- Promover y fortalecer el desarrollo, por cada uno de los Estados

Partes, de los mecanismos necesarios para prevenir, detectar,

sancionar y erradicar la corrupción; y

2.- Promover, facilitar y regular la cooperación entre los Estados

Partes a fin de asegurar la eficacia de las medidas y acciones

para prevenir, detectar, sancionar y erradicar los actos de

corrupción en el ejercicio de las funciones públicas y los actos

de corrupción específicamente vinculados con tal ejercicio.

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