Buscar:
 Normativa >> Ley 7788 >> Fecha 30/04/1998 >> Articulo 99
Internet
Año:
Buscar en:





Opciones:
Guardar
Imprimir


<<     Artículo 99     >>
Normativa - Ley 7788 - Articulo 99
Ir al final de los resultados
Artículo 99
Versión del artículo: 1  de 1
99

ARTÍCULO 99.-

Establecimiento de programas de capacitación El establecimiento de programas de capacitación científica, técnica y tecnológica, así como los proyectos de investigación que fomenten la conservación y el uso sostenible de la biodiversidad se favorecen mediante los incentivos previstos en esta ley, en otras o interpretaciones que de ellas se hagan.

Ir al inicio de los resultados