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 Normativa >> Ley 7788 >> Fecha 30/04/1998 >> Articulo 3
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Normativa - Ley 7788 - Articulo 3
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Artículo 3
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ARTÍCULO 3.- Ámbito de aplicación

Esta ley se aplicará sobre los elementos de la biodiversidad que se

encuentran bajo la soberanía del Estado, así como sobre los procesos y las

actividades realizados bajo su jurisdicción o control, con independencia

de aquellas cuyos efectos se manifiestan dentro o fuera de las zonas

sujetas a jurisdicción nacional. Esta ley regulará específicamente el uso,

el manejo, el conocimiento asociado y la distribución justa de los

beneficios y costos derivados del aprovechamiento de los elementos de la

biodiversidad.

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