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 Normativa >> Ley 7788 >> Fecha 30/04/1998 >> Articulo 36
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Normativa - Ley 7788 - Articulo 36
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Artículo 36
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36

ARTÍCULO 36.- Instrumentos financieros

Para los efectos del artículo anterior, se autoriza al Sistema para

administrar los fondos que ingresen al Sistema por cualquier concepto, por

medio de fideicomisos u otros instrumentos, ya sean estos para todo el

sistema, o específicos para cada Área de Conservación. El Fondo de Parques

Nacionales, creado por la Ley de Creación del Servicio de Parques

Nacionales, No. 6084, de 24 de agosto de 1977, se transforma en el

Fideicomiso de áreas protegidas, dedicado exclusivamente a los fines para

los que fue creado, a partir de ahora incluso al financiamiento de

actividades de protección y consolidación en las otras categorías de áreas

protegidas de propiedad estatal.

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