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 Normativa >> Ley 7788 >> Fecha 30/04/1998 >> Articulo 103
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Normativa - Ley 7788 - Articulo 103
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Artículo 103
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ARTÍCULO 103.-

Eliminación de incentivos negativos El Ministerio del Ambiente y Energía y las demás autoridades públicas, tomando en consideración el interés público, deberán revisar la legislación existente y proponer o realizar los cambios necesarios para eliminar o reducir los incentivos, negativos para la conservación de la biodiversidad y su uso sostenible y proponer los desincentivos apropiados.

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