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 Normativa >> Ley 7789 >> Fecha 30/04/1998 >> Articulo 26
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Normativa - Ley 7789 - Articulo 26
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Artículo 26
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26

ARTÍCULO 26.- La Junta Directiva tendrá un Presidente, electo de su

seno por períodos de un año, quien ostentará la representación judicial y

extrajudicial de la Empresa, con las facultades de apoderado generalísimo

sin límite de suma. Además, nombrará por un período igual, a un

Vicepresidente, quien remplazará al titular en sus ausencias temporales.

Estos nombramientos se publicarán en La Gaceta para que surtan sus efectos

legales.

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