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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 26696 >> Fecha 14/11/1997 >> Articulo 19
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Normativa - Decreto Ejecutivo 26696 - Articulo 19
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Artículo 19
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    Artículo 19.—En lo no dispuesto o regulado en el presente Reglamento, se aplicará supletoriamente en lo que fuere pertinente y procedente, con carácter vinculante y de acatamiento obligatorio, las disposiciones contempladas en la ley N° 7202- Ley del Sistema Nacional de Archivos.

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