Buscar:
 Normativa >> Ley 7566 >> Fecha 18/12/1995 >> Articulo 6
Internet
Año:
Buscar en:





Opciones:
Guardar
Imprimir


<<     Artículo 6     >>
Normativa - Ley 7566 - Articulo 6
Ir al final de los resultados
Artículo 6
Versión del artículo: 1  de 1
6

ARTICULO 6.- Unidades de apoyo

Créase, en cada institución integrante de la Comisión Coordinadora,

una unidad especializada de apoyo al Sistema de Emergencias 9-1-1. Las

funciones de estas unidades constituirán actividades ordinarias de la

institución y su objetivo será atender, inmediata y eficientemente, las

emergencias que se le reporten, conforme a las directrices emanadas por

la Comisión Coordinadora.

Ir al inicio de los resultados