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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 5 >> Fecha 07/02/1900 >> Articulo 1
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Normativa - Decreto Ejecutivo 5 - Articulo 1
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Artículo 1
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DECRETO N§ 5

 

(de 7 de febrero)

 

Aclara la ejecuci¢n del art¡culo 264 del C¢digo Fiscal

referente   los escritos en papel sellado que no han

surtido sus efectos.

 

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA

DE COSTA RICA,

 

Para la m s exacta ejecuci¢n de lo dispuesto

en el art¡culo 264 del C¢digo Fiscal,

 

DECRETA:

 

ARTÖCULO 1§.-Se entender  que lo escrito

en papel sellado no ha surtido sus efectos para

lo dispuesto en el art¡culo 264 del C¢digo Fiscal:

 

1§.-Cuando lo escrito consista en solicitud

¢ manifestaci¢n de cualquier g‚nero hechas  

autoridades ¢ corporaciones y no aparezca raz¢n

alguna de haber sido presentado el memorial

  quien vaya dirigido, ¢ diligencia aut‚ntica

que demuestre esa circunstancia;

2§.-Cuando lo escrito consista en actuaci¢n,

t¡tulo, ejecutoria, certificado ¢ constancia

de cualquier g‚nero, no autorizado con la firma

del funcionario ¢ persona   quien corresponda;

3§.-Cuando consistiese en testimonio de

escritura p£blica no firmado por el cartulario;

ARTÖCULO 2§.-El papel que con arreglo  

lo anteriormente dispuesto puede cambiarse seg£n

lo establece el C¢digo Fiscal, necesita para

la ese fin llevar la raz¢n de err¢se autorizada

con la firma y sello de cualquier Gobernador,

Juez de primera instancia, Jefe Pol¡tico ¢ del

Secretario de la Corte Suprema de Justicia.

ARTÖCULO 3§.-Los funcionarios indicados se

abstendr n de poner el err¢se   cualquier pliego

de papel que se les presente, aun cuando se

halle en los casos del art¡culo 1§ si estuviere

totalmente escrito y contuviere en los m rgenes

inscripciones, numeraciones u otros datos que

junto con aquella circunstancia den fundamento

para sospechar que la raz¢n de presentaci¢n ¢

en su caso las firmas se encuentran en alg£n

pliego siguiente no presentado.



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