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Artículo 17.. La Secretaría, consignará en la solicitud para obtener
el Contrato Turístico la fecha de recibo. La Comisión contará con un
plazo de treinta días naturales para resolver las solicitudes de
contrato, contados éstos a partir de la fecha de recibo de los documentos
y el debido cumplimiento de los requisitos, según la revisión que de los
mismos hagan los departamentos técnicos correspondientes.
Una vez aprobada la solicitud, la Secretaría tramitará ante el
Instituto la formalización del contrato. El Instituto completará dicha
formalización dentro de los quince días siguientes a la fecha en que
recibió la respectiva documentación.
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