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 Normativa >> Ley 7794 >> Fecha 30/04/1998 >> Articulo 123
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Normativa - Ley 7794 - Articulo 123
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Artículo 123
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123

      Artículo 123.—(Derogado por el inciso c) del artículo 1 de la Ley 8494 del 30 de marzo del 2006, “Reformas del Marco Legal que Asigna Competencias a la Contraloría General de la República en el Régimen Municipal (Ref. Cód. Municipal, Ley sobre Nombramiento Comisiones de Festejos Populares y Ley de Impuesto sobre Bienes Inmuebles)”)

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