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 Normativa >> Ley 7794 >> Fecha 30/04/1998 >> Articulo 159
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Normativa - Ley 7794 - Articulo 159
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Artículo 159
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    Artículo 159. La falta de interposición del veto en el tiempo estipulado, implicará la obligatoriedad absoluta del alcalde municipal de ejecutar el acuerdo.

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