Artículo 83 bis- Las
municipalidades quedan facultadas para realizar las labores de construcción de
obra nueva de acera de forma directa, con el fin de garantizar la accesibilidad
y la seguridad de todas las personas, previa notificación al propietario.
El costo efectivo de
estas obras nuevas se trasladará al propietario o poseedor por cualquier título
de bienes inmuebles, según lo definan los reglamentos municipales .
Se autoriza a las
municipalidades para que establezcan mecanismos de facilidades de pago respecto
del cobro efectivo de las obras nuevas de aceras.
(Así adicionado
por el artículo 14 de la ley Movilidad peatonal, N° 9976 del 9 de abril del
2021)
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