126
Artículo 126.
— Las
municipalidades mantendrán actualizado el respectivo Manual para el
reclutamiento y selección, basado en el Manual General que fijará las pautas
para garantizar los procedimientos, la uniformidad y los criterios de equidad
que dicho manual exige, aunado al principio de igualdad y equidad entre los
géneros. El diseño y la actualización serán responsabilidad de la Unión Nacional de
Gobiernos Locales, mediante la instancia técnica que disponga para este efecto.
(
Así reformado por el aparte h) del artículo único de
la Ley N ° 8679
del 12 de noviembre del 2008.)
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