172
Artículo
172.
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En la primera semana de julio de cada año, los comités
cantonales de deportes y recreación someterán a conocimiento de los Concejos Municipales sus programas anuales de actividades, obras e inversión, antes de aprobarse los presupuestos ordinarios de la municipalidad.
Los comités también deberán presentar un informe de
los resultados de la gestión correspondiente al año anterior.
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