Artículo 14.Cálculo
del impuesto, tarifa correspondiente y plazo para presentar la declaración y pagar
El impuesto se calculará con el método de declaración,
determinación y pago a cargo del sujeto pasivo. El período fiscal del impuesto a los
activos coincide con el del impuesto sobre las utilidades de cada contribuyente, ya sea
este el ordinario o un ejercicio fiscal especial autorizado. La alicuota impositiva que se
aplicará sobre la base imponible será del uno por ciento (1%).
La declaración-determinación se presentará - en el formulario
especial que suministrará la Dirección General de la Tributación Directa - dentro del
plazo establecido al efecto para las declaraciones del impuesto sobre las utilidades del
año siguiente al de la realización del hecho generador del impuesto a los activos, y se
pagará en el mismo año en que se declara, dentro del período previsto para el pago del
impuesto sobre las utilidades.
Las empresas que se encuentren en el período preoperativo, de acuerdo
con las normas establecidas en este Reglamento, deberán presentar la respectiva
declaración aún cuando no estén obligadas al pago del impuesto.
Aquellos sujetos pasivos cuyos activos no superen el monto mínimo a
que se refiere el artículo 1° de este Reglamento no estarán obligados a presentar la
declaración del impuesto a los activos.
|