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 Normativa >> Reglamento municipal 0 - 1 >> Fecha 26/07/1999 >> Articulo 4
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Normativa - Reglamento municipal 0 - 1 - Articulo 4
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Artículo 4
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SOLICITUD DE LICENCIA

   

Artículo 4°-A toda solicitud de licencia deberá agregársele timbres fiscales de ¢7,00, timbre municipal de ¢ I 00,00, timbre de Archivo Nacional de ¢5,00 y deberá ser presentado en el departamento de Ingeniería Municipal, junto con los requisitos señalados en los artículos 2 y 3 y con el visto bueno del departamento de cobros. Para que surta efecto la licencia, deberá ser cancelado el impuesto de construcción correspondiente, tomando como base del derecho, el valor del rótulo. EI monto mínimo por concepto de permiso de construcción será de ¢ 1000.00, sin perjuicio de las modificaciones anuales que apruebe la Municipalidad.

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