LIMITACIONES
Artículo 7°-Los anuncios, dibujos y
su colocación deben ser de tales dimensiones que no desvirtúen los elementos
arquitectónicos de las fachadas en que serán colocados o de las que estén cercanas,
ni que al proyectarse en la perspectiva de una calle, plaza o monumento alteren
su valor arquitectónico. EI Dpto. de Ingeniería Municipal, puede por razones de
orden técnico o estético, limitar la superficie que una fachada, ocupará en
aviso o conjunto de avisos o no permitir su colocación.
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