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 Normativa >> Ley 7734 >> Fecha 19/12/1997 >> Articulo 10
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Normativa - Ley 7734 - Articulo 10
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Artículo 10
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10

ARTÍCULO 10.-

Notificación La calificación de oficio o la recalificación efectuada por la Oficina de Patentes deberá notificarse al contribuyente, con las observaciones o los cargos que se formulen y las infracciones que se estime ha cometido.

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