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Ley :
7734
del
19/12/1997
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Impuestos Municipales de Dota
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Ente emisor:
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Asamblea Legislativa
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Versión de la norma: 2 de 2
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Normativa - Ley 7734 - Articulo 10
Artículo 10
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Versión del artículo: 1 de 1
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10
ARTÍCULO 10.- Notificación
La calificación de oficio o la recalificación efectuada por la
Oficina de Patentes deberá notificarse al contribuyente, con las
observaciones o los cargos que se formulen y las infracciones que se
estime ha cometido.
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