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Normativa >> Ley 7734 >> Fecha 19/12/1997 >> Articulo 18
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Artículo 18
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Ficha de la Norma
Ley : 7734 (18 artículos)
Artículo:
Súbnúmero:
0
BIS
TER
QUATER
QUINQUIES
SEXIES
OCTIES
NOVIES
DECIES
UNDECIES
DUODECIES
TREDECIES
QUATTUORDECIES
QUINDECIES
Tipo:
Normal
Transitorio
Anexo
Ley : 7734 del 19/12/1997
Impuestos Municipales de Dota
Ente emisor:
Asamblea Legislativa
Versión de la norma:
2 de 2
Normativa - Ley 7734 - Articulo 18
Artículo 18
Versión del artículo: 1 de 1
18
ARTÍCULO 18.-
Derogación Esta ley deroga la Ley No. 7187, de 24 de julio de 1990, en todas las disposiciones relativas al impuesto de patentes.
Rige a partir de su publicación.