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SECCION VII
Auditoría Interna
Artículo 35.- Función principal
El Banco Central tendrá una Auditoría Interna que dependerá
directamente de la Junta Directiva; su función principal será comprobar
el cumplimiento, la suficiencia y la validez del sistema de control interno establecido por la administración del Banco.
Cada uno de los órganos supervisores adscritos al Banco Central tendrá su propia auditoría interna.
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