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Artículo 17.- Los Departamentos de Pesos y Dimensiones y de Revisión
Técnica de la Dirección General de Transporte Público del Ministerio de
Obras Públicas y Transportes, en conjunto con el Departamento de
Sustancias Tóxicas y Medicina del Trabajo del Ministerio de Salud y la
Oficina Nacional de Normas y Unidades de Medida del Ministerio de
Economía, Industria y Comercio, y en el ámbito de sus competencias,
velarán por el adecuado uso de los vehículos y los equipos de transporte
de productos peligrosos, conforme a la normativa técnica y jurídica
aplicable para tales casos.
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