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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 24715 >> Fecha 06/10/1995 >> Articulo 25
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Normativa - Decreto Ejecutivo 24715 - Articulo 25
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Artículo 25
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25

Artículo 25.- El tanque a cargar debe ser construido o revestido con

un material que no sufra corrosión con ocasión del producto que se

transporta.

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