93
Artículo 93.- En aquellos casos en que todos los productos
peligrosos de carácter tóxico, comburente, inflamable, corrosivo,
irritante u otros declarados peligrosos por el Ministerio de Salud,
hubieren sido removidos y ya no quedaren residuos, la autoridad
responsable de la limpieza deberá retirar las placas alusivas a tales
productos y sustancias peligrosas.
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