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 Normativa >> Ley 7728 >> Fecha 15/12/1997 >> Articulo 10
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Normativa - Ley 7728 - Articulo 10
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Artículo 10
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ARTÍCULO 10.- Reformas del título IV

Refórmanse enunciados de los artículos 95, 97, 98, 99 y 100 del

Título IV de la Ley Orgánica del Poder Judicial, No. 8, de 29 de noviembre

de 1937 y sus reformas, para que donde dice "superiores", se lea

correctamente "colegiados". Refórmase además, la denominación del capítulo

IV, del mismo Título IV , para que en adelante se lea "De los tribunales

de trabajo de menor cuantía".

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