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 Normativa >> Ley 7728 >> Fecha 15/12/1997 >> Articulo 21
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Normativa - Ley 7728 - Articulo 21
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Artículo 21
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21

ARTÍCULO 21.- Cambios en la nomenclatura y la estructura

presupuestaria

A propuesta de la Corte, el Poder Ejecutivo mediante decreto podrá

realizar los cambios necesarios para la aplicación del nuevo Código

Procesal Penal, en la nomenclatura de la relación de puestos y la

estructura de las oficinas judiciales que aparecen en el presupuesto

nacional.

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