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 Normativa >> Ley 7594 >> Fecha 10/04/1996 >> Articulo 276
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Normativa - Ley 7594 - Articulo 276
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Artículo 276
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276

ARTICULO 276.-

Validez de las actuaciones No tendrán valor probatorio para fundar la condena del acusado las actuaciones de la investigación preparatoria, salvo las pruebas recibidas de conformidad con las reglas de los actos definitivos e irreproductibles y las que este Código autoriza introducir en el debate por lectura.

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