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ARTICULO 418.-
Efectos de la
sentencia La sentencia ordenará, si es del caso:
a) La libertad del
imputado.
b) La
restitución total o parcial de la suma de dinero pagada en concepto de
multa, la restitución de la suma cubierta como indemnización, a
condición de que se haya citado al actor civil. Cuando se ordene la
devolución de la multa o su exceso, deberá calcularse la
desvalorización de la moneda.
c) La cesación
de la inhabilitación y de las penas accesorias, de la medida de
seguridad y corrección.
d) La
devolución de los efectos del comiso que no hayan sido destruidos. Si
corresponde se fijará una nueva pena o se practicará un nuevo
cómputo.
La sentencia
absolutoria ordenará cancelar la inscripción de la condena.
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