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ARTICULO 243.-
Resolución que
acuerda la prisión preventiva La prisión preventiva sólo
podrá decretarse por resolución debidamente fundamentada, en la
cual se expresen cada uno de los presupuestos que la motivan. El auto
deberá contener:
a) Los datos
personales del imputado o los que sirvan para identificarlo.
b) Una sucinta
enunciación del hecho o hechos que se le atribuyen.
c) La
indicación de las razones por las cuales el tribunal estima que los
presupuestos que motivan la medida concurren en el caso.
d) La cita de las
disposiciones penales aplicables.
e) La fecha en que
vence el plazo máximo de privación de libertad.
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