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 Normativa >> Ley 7648 >> Fecha 09/12/1996 >> Articulo 39
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Normativa - Ley 7648 - Articulo 39
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Artículo 39
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39

ARTICULO 39.- Contratación de servicios

Con el propósito de asegurar el eficiente cumplimiento de los fines

establecidos en la presente ley, el Patronato Nacional de la Infancia

podrá contratar servicios que, por razones de oportunidad y conveniencia,

no puedan ser prestados directamente por sus funcionarios.

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