Buscar:
 Normativa >> Ley 7623 >> Fecha 11/09/1996 >> Articulo 1
Internet
Año:
Buscar en:





Opciones:
Guardar
Imprimir


<<     Artículo 1
Normativa - Ley 7623 - Articulo 1
Ir al final de los resultados
Artículo 1    Tipo: Transitorio
Versión del artículo: 2  de 2
Anterior

Transitorio único- (*)(Las empresas u organizaciones que, al entrar en vigencia la presente ley, no hayan inscrito en los registros su razón social, nombre comercial, marca, patente o denominación, deberán ajustarse a las disposiciones de esta ley.)

 

(*) Este transitorio único fue anulado mediante sentencia de la Sala Constitucional: 04764-99 de las 11:45 horas del 18/06/1999, publicado en el Boletín Judicial 74 del 14/04/2000.

 

Dado en la Presidencia de la República.-San José, a los once días del mes de setiembre de mil novecientos noventa y seis.

 

Ir al inicio de los resultados