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 Normativa >> Reglamento municipal 38 >> Fecha 03/10/1998 >> Articulo 2
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Normativa - Reglamento municipal 38 - Articulo 2
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Artículo 2
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Artículo 2º—Las sesiones ordinarias del Concejo Municipal de Turrialba, se celebrarán los días viernes, iniciándose a las catorce horas (2,00 p.m.) y finalizando a las diecisiete horas (5,00 p.m.), entrando en vigencia dicho cambio una vez que salga publicado en el Diario Oficial La Gaceta. Acuerdo unánime y definitivamente aprobado.

(Así reformado por acuerdo tomado en sesión N° 3 de 17 de mayo del 2002)

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