Buscar:
 Normativa >> Ley 7575 >> Fecha 13/02/1996 >> Articulo 2
Internet
Año:
Buscar en:





Opciones:
Guardar
Imprimir


<<     Artículo 2     >>
Normativa - Ley 7575 - Articulo 2
Ir al final de los resultados
Artículo 2    Tipo: Transitorio
Versión del artículo: 1  de 1

TRANSITORIO II.- El Poder Ejecutivo, con el fin de capitalizar el

Fondo Nacional de Financiamiento Forestal, según lo dispuesto en el

artículo 46, le transferirá los recursos financieros necesarios para

cumplir con esta obligación.

Ir al inicio de los resultados