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 Normativa >> Ley 7654 >> Fecha 19/12/1996 >> Articulo 41
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Normativa - Ley 7654 - Articulo 41
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Artículo 41
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Artículo 41.- Prueba para mejor resolver

Listo el proceso para dictar sentencia, el juez podrá ordenar, para mejor resolver, la prueba que considere necesaria, la cual será evacuada con intervención de partes.

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