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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 26725 >> Fecha 17/02/1998 >> Articulo 12
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Normativa - Decreto Ejecutivo 26725 - Articulo 12
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Artículo 12    (No vigente*)
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Artículo 12º- De la acreditación de los laboratorios de análisis de alimentos.

Cuando se pretenda acreditar un laboratorio químico y microbiológico de alimentos, su evaluación deberá realizarse con base en los requisitos técnicos establecidos en los siguientes instrumentos normativos:

- "Manual para el control de calidad de los alimentos. La garantía de la calidad en el laboratorio microbiológico de control de la alimentos". Organización de la Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación, Roma 1992.

- "Manual para el control de calidad de los alimentos. La garantía la calidad en el laboratorio químico de control de los alimentos". Organización de la Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación. Roma 1986.

- Legislación nacional respectiva.

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