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 Normativa >> Ley 7839 >> Fecha 15/10/1998 >> Articulo 7
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Normativa - Ley 7839 - Articulo 7
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Artículo 7    Tipo: Transitorio
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TRANSITORIO VII.- El reglamento interno de trabajo mencionado en el

inciso g) del artículo 22 deberá estar concluido en el plazo de seis

meses, a partir de la entrada en vigencia de la presente ley. Mientras no

exista la reglamentación requerida, los servidores del INEC gozarán de los

derechos y deberes consagrados en el Régimen de Servicio Civil.

 

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