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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 26867 >> Fecha 15/04/1998 >> Articulo 3
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<<     Artículo 3     >>
Normativa - Decreto Ejecutivo 26867 - Articulo 3
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Artículo 3    (No vigente*)
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Artículo 3°—El Centro Nacional de Geoinformática tendrá los siguientes objetivos:

a) Apoyar a las labores de ordenamiento territorial promovidas por las instituciones con alguna competencia sobre el uso del territorio, bajo la coordinación de MIDEPLAN, en su calidad de ente planificador nacional.

b) Proveer la plataforma de comunicación para una Red Nacional de Sistemas de Información Geográfica, por medio de bancos y bases de datos adecuadas para llenar esta función, así como con los sistemas de comunicación electrónica correspondientes, incluyendo el Internet.

c) Actuar como punto focal nacional para el desarrollo y comunicación de tecnologías de información geográfica, para orientar la capacitación de diferentes niveles profesionales y técnicos y como elemento fundamental de divulgación y relaciones públicas.

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