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Normativa >> Ley 7633 >> Fecha 26/09/1996 >> Articulo 13
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Artículo 13
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Ficha de la Norma
Ley : 7633 (13 artículos)
Artículo:
Súbnúmero:
0
BIS
TER
QUATER
QUINQUIES
SEXIES
OCTIES
NOVIES
DECIES
UNDECIES
DUODECIES
TREDECIES
QUATTUORDECIES
QUINDECIES
Tipo:
Normal
Transitorio
Anexo
Ley : 7633 del 26/09/1996
Regula Horario Funcionamiento Expendios Bebidas Alcohólicas: Licores, reforma Código Electoral y deroga artículos de la Ley sobre venta de licores
Ente emisor:
Asamblea Legislativa
Versión de la norma:
6 de 6
Normativa - Ley 7633 - Articulo 13
Artículo 13
Versión del artículo: 1 de 1
13
ARTICULO
13.- Vigencia
Rige seis meses después de su publicación.