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 Normativa >> Ley 7764 >> Fecha 17/04/1998 >> Articulo 163
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Normativa - Ley 7764 - Articulo 163
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Artículo 163
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ARTÍCULO 163.- Prueba para mejor proveer y aplicación de procedimientos

    En todo momento, los órganos competentes para conocer de materia disciplinaria podrán ordenar las pruebas para mejor proveer y establecer los procedimientos ajustados al debido proceso, que estimen necesarios para cumplir con su cometido.

    En lo que no resulte contrario a esta ley, se aplicarán las disposiciones del Código Procesal Civil.

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