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ARTÍCULO 50.- Razón inicial
En la primera página de cada tomo del
protocolo, se consignará una razón donde consten el número del tomo, los folios que
contiene, su estado, la fecha y el nombre del notario público o, en su caso, el del
funcionario consular. El funcionario que autoriza el uso del protocolo y el notario o
funcionario que lo recibe firmarán la razón. Esta suscripción hace presumir
absolutamente que el tomo se recibe con sus hojas completas, limpias y en buen estado.
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