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 Normativa >> Ley 7764 >> Fecha 17/04/1998 >> Articulo 80
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Normativa - Ley 7764 - Articulo 80
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Artículo 80
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ARTÍCULO 80.- Clases de documentos

    Los documentos notariales son protocolares o extraprotocolares, según sus originales se extiendan en el protocolo o fuera de él.

    Los documentos protocolares consisten en escrituras públicas, actas notariales o protocolizaciones consignadas en el protocolo del notario.

    Son extraprotocolares las reproducciones de instrumentos públicos, certificaciones de documentos, piezas de expedientes o inscripciones, traducciones, actas, diligencias y otras actuaciones que el notario público, autorizado por ley, extiende fuera del protocolo.

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