CAPITULO V
De
otras edificaciones
Artículo
11.Requisitos. Cualquier obra o
edificación distinta a las contempladas en los capítulos anteriores, deberá cumplir con
las regulaciones estipuladas en el Reglamento de Construcciones, publicado en "La
Gaceta" 56, Alcance 17 del 22 de marzo de 1983 y sus reformas.
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