Artículo 10.Trámite para urbanizaciones y fraccionamientos Para
el trámite de visado de planos de fraccionamientos y urbanizaciones se emplearán planos
básicos. Los interesados deberán presentar a la Dirección de Urbanismo del INVU:
a) Un juego de planos básicos para la revisión por parte de la
Dirección Urbanismo del INVU de conformidad con las regulaciones establecidas en el
artículo anterior.
b) Un juego de planos básicos para su revisión por parte del
Ministerio de Salud en lo referente a sanidad e higiene.
c) Un juego de planos básicos para su revisión por parte del
Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados (1CAA).
d) Dos juegos de planos básicos uno para el propietario y otro para su
presentación en la municipalidad.
La Dirección de Urbanismo actuara como receptora de los planos y los
distribuirá inmediatamente a las instituciones mencionadas para su correspondiente
visado.
La Dirección de Urbanismo del INVU entregará las resoluciones de los
tres entes en un plazo máximo de un mes calendario contado a partir de la fecha de
presentación de todos los requisitos legales exigidos para su gestión en el presente
reglamento. Vencido el mes sin que se hayan pronunciado, se tendrán por aprobados sin
trámite alguno ni requisitos adicionales para el interesado. Las instituciones podrán
hacer observaciones, por escrito, sobre dichos requisitos una única vez dentro del plazo
señalado. En este caso. el interesado deberá presentar los documentos con las
correcciones u observaciones señaladas y la institución correspondiente deberá resolver
esta presentación dentro del plazo máximo de 7 días naturales a partir de la
presentación de los documentos corregidos.
Una vez aprobado el plano básico, los interesados deberán presentar,
ante la municipalidad correspondiente, el plano básico y los requisitos establecidos en
el articulo 2 del presente decreto. Previo al inicio de la construcción, los interesados
deberán presentar los planos constructivos correspondientes a cada etapa a la
municipalidad.
Los planos constructivos finales deberán estar en el sitio de realización de la obra
para disposición de los inspectores.
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