CAPITULO II
De las viviendas unifamiliares y edificaciones de hasta 300
metros cuadrados de construcción en dos pisos o menos
Artículo 4°Requisitos para los planos de construcción.
Los planos de construcción correspondientes a vivienda unifamiliar y de edificaciones de
hasta los 300 metros cuadrados de área de construcción en dos pisos o menos, deberán
sujetarse a las regulaciones estipuladas en el Reglamento de Construcciones, publicado en
"La Gaceta" 56, Alcance 17 del 22 de marzo de 1983 y sus reformas.
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