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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 27434 >> Fecha 24/09/1998 >> Articulo 14
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Normativa - Decreto Ejecutivo 27434 - Articulo 14
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Artículo 14
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Articulo 14.—Cuando existan varios centros de trabajo de la misma empresa, el diagnóstico y el programa de salud ocupacional se garantizará la cobertura efectiva de todos los trabajadores.

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