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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 27434 >> Fecha 24/09/1998 >> Articulo 23
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Normativa - Decreto Ejecutivo 27434 - Articulo 23
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Artículo 23
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DISPOSICIONES FINALES

            Artículo 23.—La inexistencia debidamente comprobada de la Oficina o Departamento de Salud Ocupacional o cualquier otra infracción al presente reglamento dará lugar a la aplicación de lo prescrito en el numeral 608, en relación con el artículo 614, incisos g), del Código de Trabajo.

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