Artículo
5.- El
Ministerio de Trabajo y Seguridad Social suscribirá cartas de entendimiento y
convenios de cooperación y coordinación con el Instituto Nacional de
Aprendizaje y con cualquier otra institución pública o privada que participe en
la labor de capacitación y formación de las personas, especialmente para el
cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 21 inciso a) de la Ley N° 7210 del
23 de noviembre de 1990 “Ley de Régimen de Zonas Francas.
(Así reformado por el artículo 1° del decreto ejecutivo N°
41494 del 18 de diciembre de 2018)
|