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 Normativa >> Ley 7739 >> Fecha 06/01/1998 >> Articulo 70
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Normativa - Ley 7739 - Articulo 70
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Artículo 70
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70

Artículo 70°- Prohibición de sancionar por embarazo.

Prohíbese a las instituciones educativas públicas y privadas imponer por causa de embarazo, medidas correctivas o sanciones disciplinarias a las estudiantes. El Ministerio de Educación Pública desarrollará un sistema conducente a permitir la continuidad y el fin de los estudios de niñas o adolescentes encinta.

 

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