70
Artículo 70°- Prohibición de sancionar por
embarazo.
Prohíbese a las instituciones educativas
públicas y privadas imponer por causa de embarazo, medidas correctivas o
sanciones disciplinarias a las estudiantes. El Ministerio de Educación Pública
desarrollará un sistema conducente a permitir la continuidad y el fin de los
estudios de niñas o adolescentes encinta.
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